Artículo 41. Vinos de calidad con indicación geográfica.
Artículo 41 de la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de Ordenación del sector vitivinícola de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-11040
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-03.
Texto consolidado
Los vinos de calidad con indicación geográfica, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y el Vino.
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- Ver la norma completa: Ley 2/2005, de 27 de mayo, de Ordenación del sector vitivinícola de la Comunidad Valenciana.