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Ley Derogada

Artículo 41. Competiciones no federadas.

Artículo 41 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771

Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Son competiciones no federadas las que promueva u organice cualquier entidad oficialmente reconocida, y tienen la consideración de homologadas si previamente han sido aceptadas por la federación deportiva correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-15.

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