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Ley Vigente

Artículo 41. Ejecución.

Artículo 41 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura. · BOE-A-2019-1790

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-27.

Texto consolidado

1. La ejecución de Proyectos de Interés Regional se realizará conforme a los proyectos técnicos en que se concreten las obras e instalaciones que comprendan, que estarán sujetos a previa licencia municipal.

2. La Consejería competente por razón de la materia deberá realizar el seguimiento del desarrollo de las obras de ejecución del Proyecto de Interés Regional y evacuar, a su finalización, informe sobre la adecuación de lo ejecutado a lo establecido en dicho proyecto de interés regional. Dicho informe será publicado en el portal de transparencia de la Junta de Extremadura.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-06-27.

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