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Real Decreto Vigente

Artículo 40. Proclamación de candidatos.

Artículo 40 del Real Decreto 797/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto. · BOE-A-2005-12175

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-16.

Texto consolidado

La Junta de Gobierno proclamará las candidaturas presentadas antes de los 30 días previos a la celebración de las elecciones. La proclamación se comunicará a todos los colegiados con una antelación mínima de 15 días a la fecha de las elecciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-16.

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