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Real Decreto Vigente

Artículo 40. Plazas reservadas para personas mayores de 45 años y para personas mayores de 40 años que acrediten experiencia laboral o profesional.

Artículo 40 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión. · BOE-A-2024-11858

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-13.

Texto consolidado

Para las personas que accedan a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado tras la superación de la prueba de acceso a la universidad para personas mayores de 45 años o mediante la acreditación de la experiencia laboral o profesional a la que se refiere el artículo 32, las universidades reservarán, en su conjunto, un número de plazas no inferior al 1 por ciento, ni superior al 3 por ciento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-06-13.

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