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Ley Derogada

Artículo 40. La valoración excepcional del esfuerzo físico.

Artículo 40 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. · BOE-A-2004-16384

Atención: Ley 7/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Únicamente se considerará el esfuerzo físico como elemento justificador de una partida retributiva si se trata de un elemento determinante absoluto en la configuración de una plaza o de un puesto o, de tratarse de un elemento esencial, si, a través de otros elementos neutros, se compensa la diferencia retributiva.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-08-23.

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