El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 40. Derecho a la educación.

Artículo 40 de la Ley 6/2019, de 20 de febrero, del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura. · BOE-A-2019-3492

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-27.

Texto consolidado

Las personas consumidoras tienen derecho recibir educación en materia de consumo con el objetivo:

a) De contribuir a la formación integral de la persona, atendiendo al desarrollo de la conciencia individual y colectiva de los niños y jóvenes en los hábitos del consumo responsable, crítico y activo, con el objeto de conseguir la información, reflexión, solidaridad y sostenibilidad en el consumo de bienes y servicios.

b) De desarrollar la capacidad de ejercer una elección libre, racional, crítica y saludable de los bienes y servicios ofrecidos, así como de hacer un uso correcto y responsable de ellos, incluida la fase de eliminación de los mismos.

c) De conocer sus derechos y deberes y la forma de ejercerlos individual y colectivamente con responsabilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-02-27.

Más artículos de Ley 6/2019

En El Vínculo puedes leer Ley 6/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.