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Ley Vigente

Artículo 40. Escala facultativa.

Artículo 40 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2018-98

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-04.

Texto consolidado

1. Los ayuntamientos podrán crear la escala facultativa, a la cual corresponderá desempeñar tareas de cobertura y apoyo a las funciones policiales en las especialidades que se estimen oportunas según sus peculiaridades propias de organización y funcionamiento. La citada escala quedará adscrita al cuerpo de Policía Local.

2. Reglamentariamente se determinarán las funciones y áreas de competencia profesional vinculadas a la función policial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-01-04.

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