Artículo 40. Derecho supletorio.
Artículo 40 de la Ley 10/1997, de 24 de abril, sobre derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria. · BOE-A-1997-8874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-04-26.
Texto consolidado
En todo lo no previsto en este capítulo regirá, como derecho supletorio, la Ley de Procedimiento Laboral.