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Ley Vigente

Artículo 39. Sentencia.

Artículo 39 de la Ley 10/1997, de 24 de abril, sobre derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria. · BOE-A-1997-8874

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-04-26.

Texto consolidado

1. La sentencia dictada en los procesos de conflictos colectivos declarará la existencia o no de la vulneración denunciada. En su caso, ordenará el cese inmediato de la vulneración y la reposición de la situación al momento anterior a producirse, condenando al demandado a la reparación de las consecuencias derivadas de su conducta, incluida la indemnización de daños y perjuicios que procediera.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, en los supuestos a que se refiere el apartado 2 del artículo 15 de la presente Ley la sentencia ordenará la aplicación de las disposiciones subsidiarias del capítulo II del Título I.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-04-26.

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