Artículo 4. Solicitud y aportación de información necesaria.
Artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas. · BOE-A-2011-11345
Atención: Real Decreto Legislativo 1/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las entidades auditadas estarán obligadas a facilitar cuanta información fuera necesaria para realizar los trabajos de auditoría de cuentas; asimismo, quien o quienes realicen dichos trabajos estarán obligados a requerir cuanta información precisen para la emisión del informe de auditoría de cuentas.