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Real Decreto Derogada

Artículo 4. Dependencia orgánica, soporte administrativo y sede.

Artículo 4 del Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita. · BOE-A-2003-15799

Atención: Real Decreto 996/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita quedarán adscritas orgánicamente a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o, donde no existan, a las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.

Estos órganos prestarán el soporte administrativo y el apoyo técnico necesarios para su funcionamiento.

2. Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita tendrán su sede en las dependencias que los órganos mencionados en el apartado anterior pongan a su disposición o, en su caso, en los de órganos judiciales radicados en su ámbito territorial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-08-08.

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