Artículo 4. Identificación y delimitación de masas de agua subterránea y relación de las de carácter estratégico.
Artículo 4 del Real Decreto 740/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Melilla. · BOE-A-2013-10271
Atención: Real Decreto 740/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. En la Demarcación Hidrográfica de Melilla se definen las tres masas de agua subterránea que recoge la Lamina L.1 del anexo 1 y detalla el Cuadro C.4.1, con su nombre y las coordenadas X e Y de su centroide: masa del acuífero calizo, la masa del acuífero aluvial y la masa del acuífero volcánico.
Cuadro C.4.1 Masas de agua subterránea definidas en el Plan
(X e Y: Coordenadas del centroide la masa de agua subterránea en Sistema de proyección UTM huso 30, Sistema Geodésico de Referencia ETRS89)
Nombre
X_ETRS89
Y_ETRS89
Acuífero calizo.
503709,362
3906902,776
Acuífero aluvial.
503676,052
3905424,226
Acuífero volcánico.
504565,429
3904023,602
2. Las masas de agua subterráneas enunciadas tienen un carácter estratégico en el presente Plan, por su importancia para el abastecimiento humano y como reserva frente al fallo de la planta desaladora o cualquier otras avería en el sistema de suministro superficial. Consecuentemente y de acuerdo a lo que establece el artículo 21, estas masas se reservarán fundamentalmente para el abastecimiento urbano.