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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Coordinación y cooperación institucional.

Artículo 4 del Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. · BOE-A-2013-9212

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-01.

Texto consolidado

Cuando así resulte de la normativa de la Unión Europea o nacional, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia tendrá la consideración de:

a) Autoridad Nacional de Competencia.

b) Autoridad Nacional de Reglamentación en el sector de las comunicaciones electrónicas.

c) Autoridad Reguladora Nacional de los sectores de electricidad y gas natural.

d) Autoridad Estatal de Supervisión en materia de tarifas aeroportuarias.

e) Autoridad Nacional de Reglamentación para el sector postal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-09-01.

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