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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Indemnizaciones.

Artículo 4 del Real Decreto 385/1996, de 1 de marzo, por el que se establece el régimen retributivo e indemnizatorio del desempeño de las funciones de jurado. · BOE-A-1996-5931

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-03-15.

Texto consolidado

Las indemnizaciones corresponderán a los conceptos de gastos de viaje, alojamiento y manutención, de acuerdo a lo desarrollado en los artículos siguientes y en la cuantía que en cada momento se halle reglamentariamente establecida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-03-15.

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