Artículo 4. Imposición.
Artículo 4 del Real Decreto 300/2009, de 6 de marzo, por el que se crean la Medalla y la Placa a la Promoción de los Valores de Igualdad. · BOE-A-2009-5131
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-29.
Texto consolidado
Con carácter general, corresponde a la persona titular del Ministerio de Igualdad la imposición formal de las distinciones.
La imposición se efectuará en acto solemne adecuado a las circunstancias personales y de lugar, que concurran en cada caso.