Artículo 4. Principios básicos del Esquema Nacional de Seguridad.
Artículo 4 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. · BOE-A-2010-1330
Atención: Real Decreto 3/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El objeto último de la seguridad de la información es asegurar que una organización administrativa podrá cumplir sus objetivos utilizando sistemas de información. En las decisiones en materia de seguridad deberán tenerse en cuenta los siguientes principios básicos:
a) Seguridad integral.
b) Gestión de riesgos.
c) Prevención, reacción y recuperación.
d) Líneas de defensa.
e) Reevaluación periódica.
f) Función diferenciada.