El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 4. Sujetos pasivos.

Artículo 4 del Real Decreto 2221/1984, de 12 de diciembre, por el que se regula la tasa fiscal que grava la autorización o la organización o celebración de juegos de suerte, envite o azar. · BOE-A-1984-27691

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-12-21.

Texto consolidado

1. Serán sujetos pasivos de la tasa cualesquiera personas o Entidades a quienes se haya otorgado la correspondiente autorización administrativa o permiso de explotación.

2. En defecto de autorización administrativa o permiso de explotación, tendrán la consideración de sujetos pasivos de la tasa las personas o Entidades cuyas actividades incluyan la celebración u organización de juegos de azar.

3. Serán responsables solidarios de la tasa los dueños y empresarios de los locales donde se celebren.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-12-21.

Más artículos de Real Decreto 2221/1984

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 2221/1984 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.