Artículo 4. Graduación del proceso.
Artículo 4 del Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa. · BOE-A-2008-3177
Atención: Real Decreto 187/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El procedimiento de integración se podrá efectuar de forma independiente para cada uno de los hospitales de la Red Hospitalaria de la Defensa, atendiendo a criterios de prioridad según las necesidades organizativas del Ministerio de Defensa.