Artículo 4. Competencia general.
Artículo 4 del Real Decreto 1585/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Acuicultura y se fijan sus enseñanzas mínimas. · BOE-A-2011-19534
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-16.
Texto consolidado
La competencia general de este título consiste en planificar, organizar y supervisar las actividades de producción acuícola, coordinando los recursos disponibles para conseguir la calidad requerida del producto y cumpliendo la normativa aplicable.