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Real Decreto Derogada

Artículo 4. Normativa aplicable a las solicitudes internacionales.

Artículo 4 del Real Decreto 1123/1995, de 3 de julio, para la aplicación del Tratado de Cooperación en materia de patentes, elaborado en Washington el 19 de junio de 1970. · BOE-A-1995-20509

Atención: Real Decreto 1123/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A las solicitudes internacionales depositadas ante la Oficina Española de Patentes y Marcas les será de aplicación las normas contenidas en el Título XII de la Ley de Patentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-09-07.

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