Artículo 4. Discrepancias, sugerencias u observaciones.
Artículo 4 del Real Decreto 1011/2009, de 19 de junio, por el que se regula la Oficina de Cambios de Suministrador. · BOE-A-2009-10220
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-06-21.
Texto consolidado
Los proyectos de informes, memorias o propuestas elaboradas por la Oficina de Cambios de Suministrador serán remitidos a todos los socios antes de que sean enviados al órgano o autoridad destinataria de dicho informe, memoria o propuesta.
Recibida copia de los proyectos de informes, memorias o propuestas, todos y cada uno de los socios tendrán derecho a formular por escrito en un plazo de 10 días las discrepancias, sugerencias u observaciones que tengan por conveniente, las cuales serán anexadas al contenido del informe, memoria o propuesta definitiva, para su remisión conjunta en un plazo de 5 días, contados desde la finalización de aquél plazo de 10 días, al órgano o autoridad destinataria.