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Orden Vigente

Artículo 4. Funciones.

Artículo 4 de la Orden ISM/473/2022, de 25 de mayo, por la que se crea el Comité Asesor de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social. · BOE-A-2022-8639

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-28.

Texto consolidado

1. En coherencia con su carácter exclusivamente consultivo y de asesoramiento técnico, las funciones principales del Comité Asesor son:

a) A solicitud de la SGOPIPS, emitir informes sobre las materias propuestas que contengan la opinión y consideraciones adoptadas por el Pleno del Comité en sus reuniones.

b) Asimismo, emitir las observaciones pertinentes derivadas de la actividad solicitada por la Secretaría General al Pleno o los Grupos de Trabajo.

c) Llevar a cabo una valoración científica y académica sobre las metodologías y técnicas aplicadas en el proceso de diseño, ejecución y evaluación de la política de inclusión social.

2. Las funciones atribuidas al Comité Asesor se ejercerán de manera coordinada, si procede, con los órganos de cooperación, consulta y participación creados en el ámbito de la Secretaría General para la configuración de una arquitectura institucional vinculada al Ingreso Mínimo Vital.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-28.

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