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Orden Vigente

Artículo 3. Objetivo.

Artículo 3 de la Orden ISM/473/2022, de 25 de mayo, por la que se crea el Comité Asesor de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social. · BOE-A-2022-8639

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-28.

Texto consolidado

El Comité Asesor tiene como objetivo general asesorar a la Secretaría General en sus competencias de elaboración y desarrollo de la política estatal en materia de inclusión.

En concreto, su actividad se referirá:

a) El diseño, impulso y evaluación de políticas que tienen por finalidad ayudar a la incorporación y la participación en la sociedad, en igualdad de oportunidades, de los colectivos más desfavorecidos.

b) El impulso, elaboración, coordinación y seguimiento de las políticas, estrategias, planes y programas de actuación en materia de inclusión.

c) La definición de objetivos de inclusión y desarrollo de un sistema de indicadores con los que llevar a cabo la medición, seguimiento y evaluación de los objetivos de inclusión.

d) El desarrollo de indicadores objetivables de crecimiento inclusivo y de desigualdad para la economía española que puedan ser utilizados para el diseño y toma de decisión de nuevas políticas o la reformulación de las ya existentes.

e) La definición y análisis de objetivos ligados al crecimiento inclusivo.

f) El seguimiento continuo y evaluación ex post del grado de cumplimiento de los objetivos de inclusión y crecimiento inclusivo establecidos, en especial del Ingreso Mínimo Vital.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-28.

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