Artículo 4. Modelo de certificado oficial de estudios obligatorios.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-09-25.
Texto consolidado
El modelo de certificado oficial de estudios obligatorios se ajustará en su contenido al modelo que figura en el anexo I de la presente Orden.
En la determinación del grado de adquisición de las competencias básicas, los equipos docentes aplicarán las normas establecidas por sus órganos colegiados competentes a tal efecto, recogidas en los documentos institucionales del centro.
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- Ver la norma completa: Orden ECD/2000/2012, de 13 de septiembre, por la que se regula el certificado oficial de estudios obligatorios para los alumnos que finalicen los estudios correspondientes a la educación básica sin obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, y se modifican la Orden ECI/1845/2007, de 19 de junio, por la que se establecen los elementos de los documentos básicos de evaluación de la educación básica regulada por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad del alumnado, y la Orden ECI/2572/2007, de 4 de septiembre, sobre evaluación en Educación Secundaria Obligatoria.