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Ley Orgánica Vigente

Artículo 4. Adquisición de la condición de funcionario de carrera.

Artículo 4 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional. · BOE-A-2015-8468

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-18.

Texto consolidado

La condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:

a) Superación del proceso selectivo.

b) Nombramiento por la autoridad competente.

c) Acto de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico.

d) Toma de posesión dentro del plazo establecido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-18.

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