El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 4. Vicepresidente.

Artículo 4 de la Ley 9/1996, de 27 de diciembre, reguladora del Consejo Escolar del Principado de Asturias. · BOE-A-1997-2523

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-01.

Texto consolidado

1. El Vicepresidente del Consejo Escolar del Principado será nombrado por el Consejero competente en materia de educación, de entre los miembros que integran dicho Consejo.

2. El Vicepresidente sustituirá al Presidente, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, y realizará aquellas otras funciones que éste le delegue.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-01-01.

Más artículos de Ley 9/1996

En El Vínculo puedes leer Ley 9/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.