Artículo 4. Requisitos previos al inicio de las negociaciones colectivas y a la modificación de las condiciones retributivas del personal no funcionario y laboral.
Artículo 4 de la Ley 8/1995, de 29 de diciembre, de medidas fiscales administrativas y de organización de la Generalidad Valenciana. · BOE-A-1996-5847
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-01.
Texto consolidado
(Derogado)
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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2001-2589.