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Ley Vigente

Artículo 4. Contenido de la participación institucional.

Artículo 4 de la Ley 5/2017, de 5 de julio, de participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito de la Región de Murcia. · BOE-A-2017-9489

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-09.

Texto consolidado

1. La participación institucional se hará efectiva a través de la presencia de las personas que representen a las organizaciones sindicales y empresariales en los órganos colegiados consultivos o de asesoramiento o por su participación en mesas o foros específicos de negociación o concertación socioeconómica, de acuerdo con las previsiones que se determinen en la normativa reguladora o de creación de cada órgano consultivo.

2. Esta participación institucional también se hará efectiva en la elaboración de pactos, planes estratégicos y generales de los que se dote la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la fijación de objetivos a corto, medio y largo plazo en las materias objeto de la presente ley. A tales efectos, se crearán las comisiones negociadoras específicas necesarias para cada uno de ellos, a las que les será de aplicación el artículo siguiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-09.

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