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Ley Vigente

Artículo 4. Voluntariedad de la colegiación.

Artículo 4 de la Ley 4/2019, de 1 de abril, por la que se crea el Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de La Rioja. · BOE-A-2019-5821

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-06.

Texto consolidado

La incorporación al Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de La Rioja será voluntaria, en tanto la legislación estatal aplicable no establezca la obligatoriedad de la colegiación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-06.

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