Artículo 4. Infracciones.
Artículo 4 de la Ley 4/2016, de 6 de mayo, para el establecimiento de un régimen sancionador en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2016-5205
Atención: Ley 4/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Constituyen infracciones en materia de espectáculos y actividades recreativas abiertos al público en la Comunidad Autónoma de Extremadura las acciones u omisiones tipificadas en esta ley, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que pudieran derivarse de las mismas.