Artículo 4. Lengua.
Artículo 4 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de coordinación del Sistema Universitario Valenciano. · BOE-A-2007-6118
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-02-14.
Texto consolidado
El idioma valenciano y el castellano son las lenguas oficiales de las universidades valencianas, estando regido su uso por lo establecido en el Estatuto de Autonomía y en sus disposiciones de desarrollo.