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Ley Vigente

Artículo 4. Exclusiones del ámbito de aplicación de la ley.

Artículo 4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. · BOE-A-2003-20977

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-18.

Texto consolidado

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ley:

a) Los premios que se otorguen sin la previa solicitud del beneficiario.

b) Las subvenciones previstas en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

c) Las subvenciones reguladas en la Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, de Financiación de los Partidos Políticos.

d) Las subvenciones a los grupos parlamentarios de las Cámaras de las Cortes Generales, en los términos previstos en los Reglamentos del Congreso de los Diputados y del Senado, así como las subvenciones a los grupos parlamentarios de las Asambleas autonómicas y a los grupos políticos de las corporaciones locales, según establezca su propia normativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-02-18.

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