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Ley Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley 3/1981, de 12 de febrero, sobre Centros de Contratación de Cargas en Transporte Terrestre de Mercancías. · BOE-A-2012-5923

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-04-10.

Texto consolidado

Las ofertas de cargas de mercancías realizadas por las personas físicas y jurídicas con capacidad legal para contratar transportes de mercancías podrán realizarse en el C.C.C. o sus Oficinas de Distribución y Control, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 25 y 26. En ambos casos serán las Oficinas de Distribución y Control las que pongan dichas ofertas a disposición de los transportistas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-04-10.

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