Artículo 4. Relaciones con la Administración regional.
Artículo 4 de la Ley 2/2013, de 15 de febrero, de creación del Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas de la Región de Murcia. · BOE-A-2013-2683
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-11.
Texto consolidado
En todo lo que atañe al contenido de la profesión de dietista-nutricionista, el Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de la Región de Murcia se relacionará con la consejería competente en materia de sanidad, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la consejería competente en materia de colegios profesionales.