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Ley Vigente

Artículo 4. Relaciones con la Administración regional.

Artículo 4 de la Ley 2/2013, de 15 de febrero, de creación del Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas de la Región de Murcia. · BOE-A-2013-2683

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-11.

Texto consolidado

En todo lo que atañe al contenido de la profesión de dietista-nutricionista, el Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de la Región de Murcia se relacionará con la consejería competente en materia de sanidad, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la consejería competente en materia de colegios profesionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-03-11.

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