Artículo 4. Ámbito territorial.
Artículo 4 de la Ley 2/2011, de 10 de febrero, de creación del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-7707
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-13.
Texto consolidado
El ámbito territorial del colegio que se crea mediante la presente Ley es el de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.