Artículo 3. Fines y funciones.
Artículo 3 de la Ley 2/2011, de 10 de febrero, de creación del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-7707
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-13.
Texto consolidado
Los fines y funciones del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Castilla-La Mancha serán los que en cada momento le atribuya la legislación vigente en materia de colegios profesionales.