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Ley Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley 10/1996, de 17 de diciembre, de creación del Colegio Profesional de Podólogos de la Región de Murcia. · BOE-A-1997-5074

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-11.

Texto consolidado

Para el cumplimiento de sus fines institucionales o corporativos, el Colegio Profesional de Podólogos de la Región de Murcia se relacionará con la Consejería de Sanidad y Política Social o con aquel departamento que, por vía reglamentaria, determine el Consejo de Gobierno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-01-11.

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