El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 4. Relaciones con la Administración General del País Vasco.

Artículo 4 de la Ley 1/2001, de 16 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Fisioterapeutas del País Vasco. · BOE-A-2011-19048

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-12.

Texto consolidado

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 56.1 de la Ley 18/1997, de 21 de noviembre, sobre el órgano administrativo de relación competente en los aspectos profesionales generales, institucionales y corporativos, el Colegio Oficial de Fisioterapeutas del País Vasco se relacionará con la Administración General del País Vasco en los aspectos relativos a los contenidos de su profesión a través del Departamento de Sanidad o del que en su día ejerza las competencias en materia sanitaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-04-12.

Más artículos de Ley 1/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.