Disposición final primera. Estatutos.
Disposición final primera de la Ley 1/2001, de 16 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Fisioterapeutas del País Vasco. · BOE-A-2011-19048
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-12.
Texto consolidado
La Delegación de Euskadi de la Asociación Española de Fisioterapeutas elaborará los Estatutos del Colegio en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley. Una vez aprobados, se comunicarán a la Administración General del País Vasco, a través del Departamento competente en materia de justicia, para verificar su adecuación a la legalidad y ordenar su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.