El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Derogada

Artículo 4. Ayuda y su cuantía.

Artículo 4 del Decreto-ley 1/2020, de 16 de enero, de medidas urgentes, por el que se regula la ayuda para la adquisición de medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud a las personas que ostenten la condición de pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios cuya renta anual sea inferior a 18.000 euros. · BOC-j-2020-90004

Atención: Decreto-ley 1/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se considera ayuda las cantidades que deban abonar las personas beneficiarias enconcepto de tratamientos farmacológicos sujetos a financiación pública, prescritos por el personal médico del Sistema Sanitario Público mediante receta médica oficial y adquiridos en oficinas de farmacia radicados en Canarias.

2. La ayuda asciende a una cuantía máxima equivalente al porcentaje de aportación del 10% del PVP del medicamento con un tope máximo de aportación mensual de 8,23 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-01-18.

Más artículos de Decreto-ley 1/2020

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 1/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.