El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 39. Constitución de Comisiones Asesoras, Comisiones de Trabajo, Comisión Deontológica y Secciones Profesionales.

Artículo 39 del Real Decreto 481/1999, de 18 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Psicólogos. · BOE-A-1999-7734

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-08.

Texto consolidado

La Junta de Gobierno podrá constituir Comisiones Asesoras y Comisiones de Trabajo, así como celebrar reuniones con representantes de las Delegaciones. En todo caso, se constituirá la Comisión Deontológica, que emitirá informes de carácter vinculante en lo referido a la calificación disciplinaria de los actos profesionales que se someta a su valoración por razones deontológicas y consultivo en todos los demás temas relacionados con la normativa deontológico-profesional.

Las Secciones Profesionales que se creen según la regulación general que establezca al efecto la Junta General, se regularán por su propio Reglamento, que garantizará la elección democrática de sus órganos de representación y deberá ser aprobado por la Junta de Gobierno para su validez.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-04-08.

Más artículos de Real Decreto 481/1999

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 481/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.