Artículo 39. Régimen presupuestario.
Artículo 39 del Real Decreto 1912/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local. · BOE-A-2000-22417
Atención: Real Decreto 1912/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El régimen económico del Consejo General es presupuestario. Su presupuesto, que será único, y comprenderá la totalidad de ingresos y gastos, se referirá al año natural. El Reglamento de régimen interior del Consejo General determinará el procedimiento de aprobación del presupuesto.