Artículo 39. Medidas socioeconómicas y requisitos.
Artículo 39 del Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca. · BOE-A-2009-16144
Atención: Real Decreto 1549/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las medidas de carácter socioeconómico estarán dirigidas a establecer:
1. Primas compensatorias individuales no renovables, con el objeto de diversificar la actividad y promover la pluriactividad de los pescadores y los planes de reciclaje provisional que afecten a distintas áreas marítimas.
2. La mejora de las aptitudes profesionales de los pescadores.
3. Un plan de salida anticipada de los trabajadores del sector pesquero, incluida la prejubilación.
4. La compensación no renovable a pescadores por paralización definitiva.
5. Primas individuales a pescadores menores de 40 años para la compra del primer barco.
Los requisitos para acceder a cada una de estas medidas se recogen en el programa operativo 2007/2013 del Fondo Europeo de la Pesca.