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Ley Vigente

Artículo 39. Bonificación en adquisiciones «mortis causa».

Artículo 39 de la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2021-17915

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

Los contribuyentes incluidos en los Grupos I y II de los previstos en el artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, o en los supuestos de equiparaciones establecidos en el artículo 26, aplicarán una bonificación del 99% en la cuota tributaria derivada de adquisiciones mortis causa, incluidas las de los beneficiarios de pólizas de seguro de vida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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