Artículo 39. Situaciones especiales.
Artículo 39 de la Ley 3/1985, de 27 de febrero, por la que se crea y regula la Institución del "Ararteko". · BOE-A-2012-4768
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-04-22.
Texto consolidado
1. Cuando el personal al servicio del Ararteko provenga de la Administración General de la Comunidad Autónoma, de los Órganos Forales de los Territorios Históricos, o de los Entes Locales sitos en el País Vasco, se le reservará la plaza y destino que ocupase con anterioridad a su adscripción a los servicios y se le computará el tiempo transcurrido en esta situación a todos los efectos.
2. Cuando el personal provenga de otras administraciones públicas distintas de las anteriores, se estará a lo que disponga la legislación que le sea aplicable.