El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 39. Cotos sociales y deportivos.

Artículo 39 de la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón. · BOE-A-1999-7740

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-24.

Texto consolidado

Los planes técnicos de los cotos sociales y deportivos, además de lo establecido en el artículo anterior, contendrán:

a) Un estudio técnico de las poblaciones ictícolas y de su potencial aprovechamiento.

b) El régimen de expedición de los permisos y su importe.

c) Las zonas de baño o de práctica de actividades o deportes náuticos o acuáticos en los que se encuentre restringida o prohibida la pesca.

d) La delimitación de las zonas de acceso a las masas de agua y de los espacios destinados al estacionamiento de vehículos.

e) Las instalaciones o servicios para pescadores y, en especial, los que puedan servir para su descanso o cobijo.

f) Los tramos o masas de agua en los que por cualquier causa se restrinja o prohíba el ejercicio de la pesca.

g) Las mejoras proyectadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-24.

Más artículos de Ley 2/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 2/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.