Artículo 39. Composición.
Artículo 39 de la Ley 16/1998, de 25 de junio, de Cofradías de Pescadores. · BOE-A-2011-20659
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-30.
Texto consolidado
1. Podrán ser miembros de la federación las cofradías ubicadas en su respectivo ámbito territorial, previo acuerdo favorable de su Asamblea General.
2. La Federación de Cofradías del País Vasco estará integrada por las Federaciones de Bizkaia y Gipuzkoa, previo acuerdo de sus Asambleas Generales.