El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 385. Sujetos responsables.

Artículo 385 de la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. · BOE-A-2014-7877

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-25.

Texto consolidado

1. Estará obligado a indemnizar los daños por contaminación el armador del buque o el titular del uso o explotación del artefacto naval o plataforma en el momento de producirse el hecho generador de la contaminación, sin perjuicio de su derecho de repetición contra las personas culpables de aquel hecho.

2. Cuando en el hecho generador de la contaminación se encuentren involucrados varios buques, sus armadores estarán solidariamente obligados a indemnizar los daños por contaminación, a no ser que éstos puedan razonablemente ser atribuidos con carácter exclusivo a uno de los buques.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-09-25.

Más artículos de Ley 14/2014

En El Vínculo puedes leer Ley 14/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.