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Real Decreto Derogada

Artículo 38. Zonas protegidas.

Artículo 38 del Real Decreto 740/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Melilla. · BOE-A-2013-10271

Atención: Real Decreto 740/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Con arreglo a lo establecido en el artículo 99 bis del texto refundido de la Ley de Aguas el artículo 24 del Reglamento de Planificación Hidrológica, para la Demarcación Hidrográfica de Melilla se han declarado los siguientes tipos de zonas protegidas, que se incorporarán al Registro de zonas protegidas:

a) Zonas de captación de agua para abastecimiento así como, en su caso, los perímetros de protección delimitados.

b) Zonas de futura captación de agua para abastecimiento designadas en el presente Plan Hidrológico. En el presente caso, no se han designado nuevas zonas para futura captación de agua.

c) Zonas declaradas de protección de especies acuáticas significativas desde el punto de vista socioeconómico. Tampoco se han identificado zonas protegidas de esta naturaleza.

d) Masas de agua declaradas de uso recreativo.

e) Zonas declaradas vulnerables en aplicación de las normas sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias. No se han identificado zonas vulnerables.

f) Zonas declaradas sensibles en aplicación de las normas sobre tratamiento de las aguas residuales urbanas. No se han identificado zonas sensibles.

g) Zonas declaradas de protección de hábitat o especies en las que el mantenimiento o mejora del estado del agua constituya un factor importante para su protección, incluidos los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), Zonas de Especial Conservación (ZEC) y Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA).

h) Perímetros de protección de aguas minerales y termales aprobados de acuerdo con su legislación específica. No se han identificado.

i) Reservas naturales fluviales recogidas en el presente Plan Hidrológico. No se han identificado.

j) Zonas de protección especial recogidas en el presente Plan Hidrológico. No se han identificado.

k) Humedales de importancia internacional incluidos en la Lista del Convenio de Ramsar y zonas húmedas incluidas en el Inventario Nacional de Zonas Húmedas. No se han identificado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-10-04.

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